sábado, 10 de diciembre de 2016

Paraísos Fiscales

Constituir una empresa en un paraíso fiscal, no tiene otra lectura: es para evadir impuestos.

Aquí en Chile, si un grupo de socios, forma un capital y decide echar a andar una empresa, quedan sujetos a una serie de exigencias legales. Una de ellas, es que el SII averigua en terreno, el domicilio de la sociedad. Otra, es mantener un sistema contable, que indique, a fin de año, cuánto dinero se ganó. Sobre esta utilidad, la empresa paga impuestos.

Y si los socios deciden distribuirse estas utilidades, deben, acto seguido, pagar sus propios impuestos. Este proceso, lo vivimos, todos los años, durante el mes de abril. Sabemos, además, que, si un contribuyente se atrasa, debe cancelar multa y si el SII llega a pillarlo en algo ilícito, le caen las penas del infierno. Para esto, existe un gran número de fiscalizadores que investigan las diferencias que puedan presentarse.

Estos mismos socios, tomando su capital y constituyendo la empresa en un paraíso fiscal, encuentran una situación radicalmente distinta.

Nadie averigua sobre el domicilio. A veces, quedan situadas en oficinas de abogados que ofrecen hacer estos trámites, dentro de ciudades que ninguno de los socios ha tenido necesidad de visitar.

Una vez constituida la empresa, los socios pueden abrir cuentas corrientes bancarias en cualquier otro país. Así, el dinero que se genere, se depositará en esas cuentas, vaya a saber uno donde. Fue costumbre, en nuestro país, abrir cuentas corrientes en Miami.

Incluso, bancos nacionales le ofrecían este servicio, para tener cuentas corrientes en dólares, que no quedaban registradas, contablemente, en parte alguna. Los acuerdos de la OCDE, en el sentido de apretar los paraísos fiscales, han ido terminando con esta práctica.

No existe exigencia alguna sobre registros contables. No interesan. De hecho, este es uno de los atractivos, que se ofrecían, para situarse en estos lugares.

Nadie fiscaliza cuanto facturó la empresa, que vendieron, si fue todo facturado, que hicieron con el dinero o donde lo depositaron. De manera tal que, el eventual interés de los socios, por llevar una contabilidad bajo estas circunstancias, es para saber a cuanto ascendieron las utilidades. Nadie pregunta cuánto ganó la empresa o cuanto retiraron los socios.

Sobre esa utilidad, cualquiera sea su monto, ni la empresa ni los socios,  pagarán un peso de impuesto.

Esto muestra claramente, por qué se llaman paraísos fiscales, porque no hay fisco alguno exigiendo su parte, como ocurre en Chile.

Imaginemos que dos grupos de socios crean empresas de características similares, y una con domicilio en Chile y en un paraíso fiscal, la otra.

La que tenga domicilio en nuestro país, deberá regirse por nuestras leyes tributarias, será fiscalizada por el SII, deberá llevar una contabilidad fehaciente y pagará, ella y los socios, impuesto por los dineros que ganen.

La situada en el paraíso fiscal, podrá hacer lo que quiera y tributariamente, sus utilidades les resultarán gratis…

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